Asuntos de Estado
Ricardo Monreal podría detonar una Crisis Constitucional

Para Ary, por su paciencia y resistencia.

Horacio De la Cruz S.

|@Region_Global

Ricardo Monreal, legislador y constitucionalista de amplia trayectoria, no puede simplemente acusar “violación flagrante a la Constitución” cuando un juez o jueza otorgan un amparo. Él sabe que tiene que ir a un proceso judicial y agotarlo antes de determinar que la “mayoría legislativa categórica y enérgicamente determina que no se somete ni se someterá a la jurisdicción del juzgado o juzgados que lo ordenen porque no tienen competencia”.

También sabe que son tan encontradas las posiciones en torno a la reforma judicial, que el conflicto entre el Poder Judicial y el Poder Legislativo en México ha escalado a raíz de la suspensión otorgada por una jueza federal que impide que la Cámara de Diputados discuta la reforma judicial.

La pregunta es si estas tensiones podrían derivar en lo que se denomina como una "crisis constitucional".

Autonomía y Separación de Poderes

La Constitución mexicana establece en su Artículo 49 la división de poderes en el Estado: el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial. Este principio de separación de poderes es esencial para evitar la concentración de poder y garantizar el equilibrio en la gobernanza.

El conflicto surge porque el Poder Judicial ha intervenido para detener una decisión legislativa al otorgar suspensiones provisionales que impiden que la reforma constitucional sea discutida o aprobada. Esto ha sido visto por el Legislativo como una invasión de sus competencias.

El Artículo 133 de la Constitución establece que la Constitución es la Ley Suprema de la Nación, y todos los jueces deben ajustarse a ella. Esto significa que el Poder Judicial está facultado para interpretar y hacer cumplir la Constitución, incluyendo la protección de derechos fundamentales a través del juicio de amparo, como se ve en este caso. Sin embargo, la pregunta clave es si la suspensión de la jueza ha sobrepasado los límites de sus atribuciones constitucionales.

Artículo 103 y 107: Amparo y Defensa de Derechos Humanos

El fundamento principal del juicio de amparo se encuentra en los Artículos 103 y 107 de la Constitución. El Artículo 103 establece que los tribunales de la Federación resolverán las controversias que se susciten por leyes o actos de la autoridad que violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas por la Constitución. El Artículo 107 regula el procedimiento del juicio de amparo y establece que este recurso es procedente contra actos de autoridades que vulneren derechos fundamentales (Fracción Primera).

El otorgamiento de la suspensión tiene como finalidad evitar una afectación irreparable a los jueces federales, quienes podrían ser cesados sin garantías procesales adecuadas. Este acto es jurídicamente válido, ya que los jueces están facultados para otorgar suspensiones cuando los actos reclamados puedan causar un daño irreversible, tal como lo establece la Ley de Amparo.

Competencia del Poder Legislativo y Reforma Constitucional

El Poder Legislativo tiene la facultad exclusiva de reformar la Constitución, tal como se establece en el Artículo 135. Esta disposición indica que las reformas a la Constitución deben ser aprobadas por dos tercios de los miembros del Congreso y ratificadas por la mayoría de las legislaturas estatales.

La suspensión provisional otorgada por la jueza no anula esta facultad, pero sí puede retrasar el proceso de reforma al impedir que la discusión avance. El Poder Legislativo, representado por Ricardo Monreal, argumenta que la suspensión es improcedente porque afecta su capacidad constitucional para legislar. Monreal sostiene que la decisión judicial vulnera la autonomía del Legislativo, protegido por el Artículo 49. Considero que no es el caso y Monreal lo sabe.

¿Crisis Constitucional?

Una crisis constitucional ocurre cuando los poderes del Estado entran en un conflicto tan profundo que la funcionalidad del sistema político y administrativo del Estado se ve comprometida.

La intervención del Poder Judicial para frenar una reforma del Poder Legislativo, especialmente una reforma constitucional, puede ser vista como una potencial violación al principio de separación de poderes, tal y como lo interpreta el diputado Ricardo Monreal Ávila.

Sin embargo, para que esto se transforme en una crisis constitucional, debe existir una falta de respeto mutuo que lleve a la parálisis del Estado o a la ruptura del orden institucional.

Hasta el momento, no estamos en una crisis constitucional, pero el riesgo existe si el conflicto escala.

El Poder Legislativo aún tiene la opción de impugnar la suspensión judicial, y el caso podría llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), cuya función es actuar como el árbitro final en este tipo de controversias, según lo establecido en el Artículo 105 (Fracción Primera).

No hay Crisis Constitucional, pero el Riesgo es Latente

México no está en una crisis constitucional en este momento, pero la tensión entre los poderes podría evolucionar hacia una si no se logra una resolución institucional adecuada.

El sistema constitucional está diseñado para manejar este tipo de conflictos a través de los mecanismos de control y equilibrio entre poderes, pero si el Poder Judicial y el Legislativo no respetan mutuamente sus competencias constitucionales, podría darse una ruptura en el orden constitucional, lo que afectaría la estabilidad del Estado de Derecho en el país.

La clave para evitar una crisis es que tanto el Poder Judicial como el Legislativo respeten los mecanismos previstos en la Constitución para resolver estos conflictos, en particular, el papel de la Suprema Corte como instancia final de interpretación constitucional.

La justicia tiene sus tiempos. Sin embargo, el propósito político es que antes de que concluya el mandato de Andrés Manuel López Obrador, Ricardo Monreal ponga en manos del presidente la reforma judicial para su rúbrica y promulgación, y este es el verdadero problema que va a tensar la cuerda. Esperemos que no se rompa porque los resultados serían catastróficos.

InfoStockMx / Región Global

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