La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha revocado el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), en el cual se ordenaba la suspensión de los actos masivos de la gira "La Esperanza nos une", liderada por Claudia Sheinbaum.

Ciudad de México.- La noticia, que fue dada a conocer este lunes tras notificar a las partes involucradas, involucra tanto al INE como al diputado de Movimiento Ciudadano (MC), Jorge Álvarez Máynez, quien presentó la queja que llevó a la adopción de las medidas cautelares.

La decisión del TEPJF, adoptada por mayoría en una sesión cerrada el pasado 19 de octubre, ha generado diversas opiniones en el panorama político mexicano. La ponencia del magistrado Felipe Fuentes Barrera, que considera que el INE fundamentó indebidamente su determinación y que las medidas cautelares impuestas a Sheinbaum eran "desproporcionadas," ha sido apoyada por la magistrada Mónica Soto, así como por los magistrados José Luis Vargas y Felipe de la Mota. Sin embargo, la magistrada Janine Otálora y el magistrado Reyes Rodríguez votaron en contra, mientras que el magistrado Indalfer Infante no estuvo presente en la sesión y presentó un voto particular.

El proyecto aprobado destaca que las publicaciones de Sheinbaum en sus redes sociales sobre estas actividades no constituyen una infracción en materia electoral, particularmente actos anticipados de precampaña y campaña, ya que no se hizo una solicitud explícita de voto. Además, se subraya que los eventos denunciados fueron partidistas y no proselitistas, ya que no se instó a votar en favor o en contra de alguna opción política.

El proyecto del TEPJF también considera que el INE realizó un análisis "indebido" de la posible actualización de actos anticipados de campaña, ya que no fundamentó ni motivó cómo se acreditaron los elementos concurrentes en este rubro. Tampoco tomó en cuenta que las invitaciones a los actos masivos, a través de redes sociales, se dirigieron únicamente a simpatizantes y militantes, no al público en general.

La resolución del Tribunal Electoral enfatiza que la sola manifestación de la intención de aspirar a un cargo público no configura una infracción por actos anticipados de precampaña o campaña, a menos que vaya acompañada de una solicitud explícita de voto.

Esta decisión ha sido vista de manera positiva por los partidarios de Sheinbaum, mientras que sus detractores la consideran un intento de construir un "fraude anticipado."

El diputado Jorge Álvarez Máynez ha acusado presiones sobre los magistrados del TEPJF para obtener una sentencia que brinde impunidad a Sheinbaum, lo que ha generado preocupación sobre el proceso electoral en México y el papel de las instituciones en la garantía de la equidad y la legalidad en el proceso electoral.

Sin duda, el caso de Sheinbaum y la reciente decisión del TEPJF continuarán siendo objeto de discusión y escrutinio en el ámbito político del país.

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